¿JUSTICIA SOCIAL?
"Queremos Adoptar un bebé", muchas veces escuchamos que alguien nos expresa este deseo. Diversos motivos hacen que no puedan ser padres biológicos, pero ante ese obstáculo pesa mas la necesidad de dar afecto que la frustración que provoca el no poder gestar.
Ocurre que tras esa frase, van emergiendo los miedos que provoca la nueva situación; y la ansiedad producto de la larga espera hasta la satisfacción del deseo. Cuando esa espera culmina, el monto de satisfacción es desbordante, llega el nuevo integrante al grupo familiar y todos asumen sus nuevos roles casi instantáneamente, surgen los padres, los abuelos, los tíos, etc.
Pero de pronto ese sentimiento se ve coartado para aquella mamá que trabaja fuera de su hogar en relación de dependencia, por la leyes laborales que por frías y faltas de sentimientos carecen de sentido social. Se ataca el derecho humano de continencia reciproca que justamente es en esta situación donde es mas imperiosa.
Se le prohíbe al bebé comenzar el estrecho vinculo tan necesario con esa otra mamá; justamente con una mamá que no es la que él conoce. No es la misma voz, ni el mismo olor, ni el mismo afecto que percibió desde el útero. Es otro distinto. Pero es precisamente quien lo va a contener durante su aprendizaje en ese nuevo modo de vida. En consecuencia sus necesidades son mayores. Independientemente de su lógica desestructuracion por la nueva forma de existencia a contar del instante que nace, surge otro desestructurante impuesto por la ley.
La legislación laboral indica que luego del alumbramiento la madre goza de licencia con goce de haberes durante cuarenta y cinco días, que sumados a los cuarenta y cinco anteriores al parto suman noventa. En muchas ocasiones este corto lapso otorgado provoca la trasgresión de la beneficiaria optando por el retiro muy poco tiempo antes a la fecha probable del parto, para disfrutar del mismo mas tarde en compañía de su hijo. Puede solicitar seis meses mas, pero ya no percibiría ingresos y además repercute en su computo de antigüedad.
Durante un año tiene la franquicia del horario por amamantamiento, que involucra una hora menos de labor, siempre y cuando posea la suerte de generar dicho alimento. Y si por razones económicas necesitara hacer hora extras dicho beneficio debe ser limitado.
Aun cuando todo esto resulte poco, pues el niño recién nacido necesita estar por lo menos un año y medio en constante vinculación con sus padres (a pesar que en nuestra legislación se ignora el rol que cumple el hombre), es algo. No será lo necesario pero es algo.
¿Pero que le ocurre a esa mamá que no pudo parir a su hijo?.La Ley no la tiene en cuenta y de manera contradictoria le otorga los benéficos salariales,¿pero la parte humana?¿qué pasa con eso?,lamentablemente no existe. No se le concede ni un día de beneficio;
Salvo que solicite médico laboral y este complaciente, le regale unos días. O haga uso de su licencia anual siempre y cuado este en termino y las razones de servicio lo permitan, por que tengamos presente que este bebé no tiene fecha probable de arribo.
Creo que si quienes se ocupan de legislar o de reivindicar la justicia social,(término tan en boga en los últimos tiempos), miraran desde el afecto, comprenderían que quien tiene la nobleza de adoptar debe ser objeto del mismo respeto que la madre biológica. Si pudieran tener presente que de los primeros cinco años de vida depende el comportamiento posterior del individuo, quizá pudieran valorar la importancia de la presencia de la madre adoptante junto a su hijo-.
¿qué nos pasa a los argentinos con los afectos? ¿Cuesta tanto reconocer que de ellos se nutre el hombre, que sin ellos no es posible sobrevivir?.El hombre solo no existe. No puede. Debe sentir la continencia del otro. El bebé es prioridad uno, eso es indiscutible en cualquier civilización, puesto que de su supervivencia depende la prolongación de la especie. Hay una enfermedad mucho peor que la oligofrenia (carencia, dificultad, disminución de la inteligencia) y es la oligotimia(carencia, dificultad, disminución de los afectos), no seamos sus productores por mucho tiempo mas. Seria imperdonable.
Ley de adopción en Argentina y su relación con los convenios colectivos de trabajo.
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